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Motivos para la Revisión de Sentencias Dictadas en Rebeldía

Introducción a los motivos específicos

En el contexto de las sentencias dictadas en rebeldía, el demandado que hubiera permanecido en rebeldía tiene la posibilidad de solicitar la revisión de la sentencia bajo ciertos motivos específicos. Estos motivos están contemplados en el Artículo 542 del código correspondiente.

Artículo 542: Motivos para la revisión de sentencias dictadas en rebeldía

Fuerza mayor ininterrumpida

El primer motivo para la revisión es cuando concurra una fuerza mayor ininterrumpida que le hubiese impedido comparecer en todo momento, incluso si el demandado hubiera tenido conocimiento del proceso.

"Primero cuando concurra fuerza mayor ininterrumpida que le hubiese impedido comparecer en todo momento."

Desconocimiento de la demanda y el proceso

El segundo motivo se presenta cuando el demandado desconociera la demanda y el proceso. Esto puede ocurrir por varias razones, como que la notificación no llegara a su poder por causas no imputables a él, o porque la comunicación se hubiera practicado por anuncio si el demandado hubiese estado ausente del lugar del proceso o de cualquier otro lugar de la República donde se hubiera producido la notificación.

"Segundo, cuando desconociera la demanda y el proceso."